Orientación · Deudas
Mi deuda ya caducó en DICOM, ¿significa que ya no pueden cobrarme?
Se suele confundir que el registro comercial desaparezca con que la deuda deje de existir.
Mi deuda ya caducó en DICOM, ¿significa que ya no pueden cobrarme?
Se suele confundir que el registro comercial desaparezca con que la deuda deje de existir.
Que una deuda CADUQUE en DICOM (deje de informarse) NO significa que PRESCRIBIÓ (deje de ser exigible). Son cosas distintas: una es registro comercial, la otra es la acción para cobrarte.
Qué hacer con esto
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Fuente y vigencia
Ley 19.628 (caducidad) vs. Código Civil (prescripción), verificado en 2026-07-19 contra la norma oficial. Fuente: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=141599.
Preguntas frecuentes
Mi deuda ya caducó en DICOM, ¿significa que ya no pueden cobrarme?
Que una deuda CADUQUE en DICOM (deje de informarse) NO significa que PRESCRIBIÓ (deje de ser exigible). Son cosas distintas: una es registro comercial, la otra es la acción para cobrarte.
Orientación general, no asesoría legal personalizada. tusopciones.cl no actúa como abogado. Cada caso puede tener particularidades; ante dudas, consulta a un profesional.