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Orientación · Deudas

¿Me pueden embargar tus instrumentos de enseñanza?

En general, no: la ley protege tus instrumentos de enseñanza frente al embargo por deudas (Código de Procedimiento Civil, art. 445, numeral 10°). La ley fija un tope de 50 UTM para este ítem, a elección del deudor.


¿Es embargable tus instrumentos de enseñanza?

En general, no: la ley protege tus instrumentos de enseñanza frente al embargo por deudas (Código de Procedimiento Civil, art. 445, numeral 10°). La ley fija un tope de 50 UTM para este ítem, a elección del deudor.

Las máquinas e instrumentos de que se sirve el deudor para la enseñanza de alguna ciencia o arte, hasta 50 UTM y a su elección.


Qué significa exactamente esta protección

Que un bien sea inembargable significa que un tribunal no puede ordenar su retiro o remate para pagar una deuda, aunque exista una demanda o un juicio ejecutivo en curso. La protección opera aunque el deudor no la invoque, pero conviene hacerla valer expresamente si el bien aparece embargado por error.


Si igual aparece embargado

Puede alzarse el embargo acreditando ante el tribunal que el bien está en la lista del art. 445. Si además te notificaron una demanda, revisa el checklist de qué hacer y los plazos para oponerte.

Ver qué hacer si te demandaron

Fuente y vigencia

Código de Procedimiento Civil, art. 445, numeral 10°, verificado en 2026-07-19 contra el texto oficial de LeyChile.


Preguntas frecuentes

¿Me pueden embargar tus instrumentos de enseñanza?

En general no: Código de Procedimiento Civil, art. 445 (numeral 10°) lo declara inembargable. La calificación de un caso concreto puede tener matices — por ejemplo, si el bien fue dado en garantía de la propia deuda.

¿La protección aplica automáticamente o hay que pedirla?

Opera por ley, pero si el bien aparece embargado por error conviene hacerla valer expresamente ante el tribunal, acreditando que corresponde a la lista del art. 445 del CPC.

Orientación general, no asesoría legal personalizada. tusopciones.cl no actúa como abogado. Cada caso puede tener particularidades; ante dudas, consulta a un profesional.