Orientación · Deudas
Prescripción de una deuda sin título de crédito
En Chile, una deuda sin título de crédito prescribe en 3 a 5 años, que se cuentan desde que la obligación se hizo exigible, según Código Civil art. 2515.
¿En cuánto tiempo prescribe una deuda sin título de crédito?
En Chile, una deuda sin título de crédito prescribe en 3 a 5 años, que se cuentan desde que la obligación se hizo exigible, según Código Civil art. 2515.
La prescripción extintiva es el plazo tras el cual el acreedor ya no puede exigir el cobro por vía judicial. Cumplido el plazo, la obligación no desaparece sola, pero puede oponerse como defensa.
¿Cómo saber si tu deuda ya prescribió?
El plazo depende de la fecha exacta y de si hubo interrupción (por ejemplo, una demanda notificada o un reconocimiento de la deuda). Para una estimación de tu caso, usa el evaluador de prescripción del silo de deudas.
Si te demandan, la prescripción se debe alegar
Aunque el plazo esté cumplido, la prescripción no opera de oficio: hay que oponerla como excepción si te demandan (art. 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil). Si no la alegas dentro de plazo, el juicio puede seguir.
Un matiz importante
La acción ejecutiva prescribe en 3 años y, convertida en ordinaria, en 5 en total. La conversión NO aplica a pagaré, letra ni cheque.
Fuente y vigencia
Plazo según Código Civil art. 2515, verificado en 2026-07-19 contra la norma oficial. Fuente: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=172986.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se cuenta el plazo de prescripción de una deuda sin título de crédito?
Se cuenta desde que la obligación se hizo exigible. El plazo es de 3 a 5 años según Código Civil art. 2515.
¿La deuda se borra sola al prescribir?
No. La prescripción debe alegarse; si te demandan, se opone como excepción. Si no se alega, el cobro judicial puede continuar.
Orientación general, no asesoría legal personalizada. tusopciones.cl no actúa como abogado. Cada caso puede tener particularidades; ante dudas, consulta a un profesional.