Orientación · Deudas
Prescripción de una letra de cambio
En Chile, una letra de cambio prescribe en 1 año, que se cuentan desde el vencimiento del documento, según Ley 18.092 art. 98.
¿En cuánto tiempo prescribe una letra de cambio?
En Chile, una letra de cambio prescribe en 1 año, que se cuentan desde el vencimiento del documento, según Ley 18.092 art. 98.
La prescripción extintiva es el plazo tras el cual el acreedor ya no puede exigir el cobro por vía judicial. Cumplido el plazo, la obligación no desaparece sola, pero puede oponerse como defensa.
¿Cómo saber si tu deuda ya prescribió?
El plazo depende de la fecha exacta y de si hubo interrupción (por ejemplo, una demanda notificada o un reconocimiento de la deuda). Para una estimación de tu caso, usa el evaluador de prescripción del silo de deudas.
Si te demandan, la prescripción se debe alegar
Aunque el plazo esté cumplido, la prescripción no opera de oficio: hay que oponerla como excepción si te demandan (art. 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil). Si no la alegas dentro de plazo, el juicio puede seguir.
Fuente y vigencia
Plazo según Ley 18.092 art. 98, verificado en 2026-07-19 contra la norma oficial. Fuente: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=29517.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se cuenta el plazo de prescripción de una letra de cambio?
Se cuenta desde el vencimiento del documento. El plazo es de 1 año según Ley 18.092 art. 98.
¿La deuda se borra sola al prescribir?
No. La prescripción debe alegarse; si te demandan, se opone como excepción. Si no se alega, el cobro judicial puede continuar.
Orientación general, no asesoría legal personalizada. tusopciones.cl no actúa como abogado. Cada caso puede tener particularidades; ante dudas, consulta a un profesional.