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Herramienta · Vivienda

Contrato de arriendo con subsidio: ¿qué falta antes de firmar?

Ya postulaste y te adjudicaste el Subsidio de Arriendo de Vivienda. Antes de firmar, revisa los requisitos que el SERVIU exige para aprobar el contrato: el parentesco del arrendador, la vivienda y la documentación.

¿El arrendador tiene parentesco con el arrendatario o su Núcleo Familiar?

Hasta el 2° grado de consanguinidad o afinidad en línea recta (padres, hijos, abuelos, nietos), o el 4° grado en línea colateral (hermanos, tíos, sobrinos, primos).


Por qué esto es distinto de postular

El Subsidio de Arriendo de Vivienda tiene dos etapas separadas: primero postulas (requisitos de edad, Registro Social de Hogares, Núcleo Familiar y ahorro mínimo), y si te seleccionan, después formalizas el contrato con tu arrendador. Esta página cubre solo la segunda etapa.

El requisito con más peso legal en esta etapa es el parentesco: a diferencia de otros impedimentos del programa, el reglamento no contempla ninguna excepción si el arrendador es pariente cercano del arrendatario o de su Núcleo Familiar.

Preguntas frecuentes

¿Esto es lo mismo que postular al subsidio?

No. Postular (requisitos de edad, RSH, Núcleo Familiar, ahorro) es un paso anterior — revísalo en la calculadora de postulación. Esta página cubre el paso siguiente: formalizar el contrato una vez que ya tienes el subsidio adjudicado.

¿Por qué el parentesco importa tanto?

El reglamento lo prohíbe sin excepciones: si el arrendador tiene parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el 2° grado en línea recta, o el 4° en línea colateral, con el arrendatario o su Núcleo Familiar, el SERVIU rechaza el contrato. A diferencia de otros impedimentos del programa, este no tiene una vía de excepción en el texto.

¿Quién verifica todo esto?

El SERVIU. La condición de parentesco se revisa directamente contra el Registro Civil, y las condiciones de la vivienda se verifican antes de aprobar el contrato — este checklist es para revisarlas antes, no reemplaza esa verificación.

¿El contrato tiene que durar un mínimo de tiempo?

El reglamento no fija una duración mínima obligatoria del contrato como tal — los plazos de 12 y 24 meses que puedes haber visto son sobre la extinción o reactivación del beneficio, no una cláusula que el contrato deba cumplir.

Fuentes oficiales

  • DS 52/2013, MINVU (Reglamento del Programa) · BCN/LeyChile.
  • ChileAtiende, información para el arrendador sobre la validación del contrato.

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