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Herramienta · Contratos y documentos

¿Qué firma electrónica necesito?

Revisa si la firma electrónica simple es suficiente para tu documento, si necesitas Firma Electrónica Avanzada, o si ese acto está excluido y debes firmarlo por la vía tradicional. Sin RUT ni nombre.

¿Qué tipo de acto o documento quieres firmar electrónicamente?

No toda firma electrónica sirve para todo

La Ley 19.799 le da validez general a la firma electrónica, pero con matices: exige Firma Electrónica Avanzada para los instrumentos públicos, y excluye por completo de la firma electrónica a los actos sobre inmuebles inscribibles, los que requieren tu presencia personal, y los actos de derecho de familia.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre firma electrónica simple y avanzada (FEA)?

La firma simple es cualquier sonido, símbolo o proceso electrónico que identifica al firmante (por ejemplo, un clic de aceptación o una firma escaneada). La FEA la certifica un prestador acreditado, queda bajo el exclusivo control del titular, y permite detectar cualquier modificación posterior del documento — por eso la ley la exige para instrumentos públicos y le da mayor valor probatorio.

¿Por qué la compraventa de un inmueble, en general, no se firma solo electrónicamente?

El artículo 3° de la Ley 19.799 excluye los actos en que la ley exige una solemnidad que no sea susceptible de cumplirse mediante documento electrónico. La ley no nombra expresamente la compraventa ni la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces: la herramienta orienta con prudencia, porque estos actos requieren escritura pública e inscripción. Confírmalo con un notario o abogado antes de firmar.

¿Un contrato de arriendo firmado electrónicamente es válido?

En general, sí: un contrato privado corriente firmado con firma electrónica es válido y produce los mismos efectos que uno en papel (art. 3° de la Ley 19.799). Esto no cubre los casos en que la ley exige otra solemnidad (por ejemplo, escritura pública o inscripción), que dependen del contrato concreto.

¿Dónde obtengo una Firma Electrónica Avanzada (FEA)?

La FEA es la que está certificada por un prestador de servicios de certificación acreditado ante la Subsecretaría de Economía (Ley 19.799, arts. 2° y 17 a 19). Consulta el registro público de prestadores acreditados para elegir uno y conocer sus modalidades de emisión.

Fuentes oficiales

  • Ley 19.799, artículos 3°, 4° y 5° · BCN/LeyChile.

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