Herramienta · Familia
Costo de la posesión efectiva
Cuánto cobra el Registro Civil por tramitar la posesión efectiva de una herencia intestada, según el valor de los bienes. No calcula el inventario ni te pide RUT o nombre.
Los 3 tramos del artículo 11
El artículo 11 de la Ley 19.903 fija tres tramos según el valor total de la masa de bienes del causante, medido en Unidades Tributarias Anuales (UTA):
- Hasta 15 UTA: tramitación gratuita.
- Más de 15 UTA y hasta 45 UTA: arancel de 1.6 UTM.
- Más de 45 UTA: arancel de 2.5 UTM.
Preguntas frecuentes
¿Por qué se pide el valor de los bienes en UTA y no en pesos?
Porque la ley fija los tramos en Unidades Tributarias Anuales (UTA), y esta herramienta no calcula esa conversión: la UTA no es simplemente la UTM del mes multiplicada por 12 (por definición legal usa la UTM de diciembre del año anterior), y el sitio no tiene una fuente oficial en vivo para esa cifra. Consulta la tabla de UTA vigente en sii.cl.
¿Esto calcula cuánto valen los bienes de la herencia?
No. Esta herramienta solo clasifica el arancel una vez que ya sabes el valor total de la masa de bienes — el inventario y su valoración los hace el propio trámite ante el Registro Civil.
¿Por qué el arancel se paga en UTM y el umbral se mide en UTA?
Así lo fija el propio artículo 11 de la Ley 19.903: usa dos unidades tributarias distintas en el mismo artículo — la UTA solo para definir en qué tramo cae la masa de bienes, y la UTM para fijar el monto del arancel a pagar.
¿Qué pasa si pido agregar o corregir bienes después?
El Registro Civil recalcula el arancel según el nuevo valor total de la masa de bienes, descontando lo ya pagado — con un arancel mínimo de 0,5 UTM si la masa sigue excediendo las 15 UTA. Esta herramienta no calcula ese recálculo.
Fuentes oficiales
- Ley 19.903, artículo 11 · BCN/LeyChile.
- Tabla de valores de la Unidad Tributaria Anual (UTA) · Servicio de Impuestos Internos (SII).
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